Derecho al Trabajo

DERECHO AL TRABAJO

El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, también una fuente de realización personal y base de la economía.


Hoy en día el Estado garantiza el Derecho al trabajo, y tiene como modalidades de trabajo: en Relación de Dependencia y Autónomos.

 Relación de Dependencia: es cuando una persona trabaja en una empresa y depende de otros para ser remunerados en su trabajo.


Autónomos: es cuando una persona realiza en forma habitual, personal y directa la actividad económica, sin sujección a contratos de trabajo.

Algunos principios que sustenta el derecho al trabajo son:

  • Impulsará el pleno empleo y la eliminación del subempleo y el desempleo.
  • Los derechos laborales son irrenunciables e intangibles.
  • A trabajo de igual valor corresponderá igual remuneración.
  • Toda persona tiene derecho a desarrollar sus labores en un ambiente adecuado que garantice su salud. 
  • Toda persona rehabilitada después de un accidente de trabajo o enfermedad, tendrá derecho a ser reintegrado al campo laboral.
  • En caso de conflictos colectivosde trabajo estos deben resolverse en los Tribunales de Conciliación y Arbitraje.

TRABAJO EN ARMONÍA 

Para la auto-realización que es la demostración de sus capacidades, destrezas y habilidades las cuidadanas y ciudadanos debem realizar un trabajo físico o intelectual ya que también lo realizan para un medio de subsistencia.


Es importante tener claro que la convivencia en armonía se sustenta en el cumplimiento de nuestras obligaciones y el respeto a nuestros derechos, por eso es necesario que conozcamos cuales son los instrumentos legales, y estos estan en la Constitución Política de la República.


Instrumentos legales:
  • Código de trabajo: ley orgánica que regula las relaciones laborales entre los empleadores y los trabajadores.
  • Leyes reformatorias: ley especial promulgada por la misma función legislativa para reformar algunos aspectos del Código de trabajo.
  • Decretos: disposición de autoridad, que sale de la Presidencia de la República.
  • Acuerdos: normas específicas en aspectos de aplicación del Codigo de trabajo.
  • Resoluciones: disposiciones emitidas por funcionarios responsables de cada área.
  • Conades: encargado de establecer anualmente el sueldo o salario básico unificado para los trabajadores privados.
  • Ministerio de relaciones laborales: responsable de la reglamentación, organización y protección del trabajo.
  • Inspectoría de trabajo: encargada de vigilar el cumplimiento de la Ley en su jurisdicción.
  • Juzgados de trabajos: resuelve los conflictos individuales provenientes de relaciones de trabajo; y, no se encuentren sometidas a la decisión de otra autoridad.
  • Tribunales de conciliación y arbitraje: se estructura con la finalidad de buscar soluciones en cada conflicto colectivo que se presentare.
  • Organización internacional del trabajo: pertenece al Estado Ecuatoriano para precautelar las correctas relaciones laborales.
Derecho del Trabajo en la Constitución 2008

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