Riesgos que cubre el Seguro General Obligatorio
Protege a sus afiliados obligados contra las contingencias que afectan su capacidad de trabajo, en los siguientes casos:
- Enfermedad.- Tendra derecho a: Asistencia médica con sujeción a los protocolos de diagnósticos. Un subsidio monetario de duración transitoria cuando la enfermedad produzca incapacidad en el trabajo.
Para que un afiliado(a) tenga derecho a las prestaciones de enfermedad, se requiere haber acreditado 6 imposiciones mensuales interrrumpidas.
En caso de fallecimiento de la madre durante el parto o mientras goza de la licencia por maternidad el PADRE podrá ser uso de la totalidad de la licencia de la madre.
- Riesgo de Trabajo.- Protege al afiliado y al empleador mediante programas de prevención de riesgo derivados del trabajo.
- Vejez, invalidez y muerte y de cesantía.- El régimen mixto para la protección de la población afiliada contra estas contingencias, entrega las siguientes prestaciones:
- Pensión ordinaria de vejez
- Pensión de vejez por edad avanzada
- Pensión ordinaria de invalidez
- Pensión de viudez y orfandad
- Subsidio transitorio por incapacidad
- Prestación asistencial no contributiva por vejez o invalidez
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